Anuncios publicitarios, lotes baldíos llenos de basura, perros libres en la vía pública… esta es la estampa común que día a día se puede ver en cualquiera de las calles de nuestro Monterrey.
Y aunque la ciudadanía ya asocia estas imágenes con lo correcto, los reglamentos que emite el ayuntamiento relatan en sus artículos un entorno en el que deberíamos vivir totalmente diferente.
Completa accesibilidad en todas partes para las personas con capacidades diferentes, anuncios únicamente en castellano salvo en zonas turísticas, prohibido circular con anuncios en los cristales de los vehículos, son algunos de los planteamientos que ofrecen los reglamentos que han emitido diversos ayuntamientos regiomontanos.
Aunque algunos de ellos se pusieron de moda por un tiempo haciendo conciencia en la ciudadanía, hoy la mayor parte siguen en el olvido del papel. ¿Qué tan lejanos estamos de vivir el día a día que marcan los reglamentos?
REGLAMENTOS VEMOS…
Dice el refrán que “La Costumbre hace la Ley”, es por eso que la mayor parte de la ciudadanía se habitúa a lo que los demás tradicionalmente hacen, por lo que los reglamentos que constantemente se cocinan, muchas veces distan de cristalizarse en la realidad.
Y para muestra hay muchos botones, pero que mejor ejemplo que los documentos que rigen los caminos de la capital de Nuevo León. En su página de internet, el ayuntamiento liderado por el alcalde Adalberto Madero Quiroga sugiere más de una docena de reglamentos que la mayor parte de ellos sólo ocupan un espacio en vano en la red.
Normas para la Accesibilidad, del Patrimonio Histórico, de Anuncios, de Cementerios, de Construcciones, de Espectáculos Públicos, de Espectáculos Taurinos, de Recuperación de Bienes Inmuebles, entre otros son los reglamentos que han pasado por la sala de Cabildo y han sido aprobados con la esperanza de realmente funcionar.
Según la Real Academia de la Leguna, las leyes son delimitadoras del libre albeldrío dentro de la sociedad, aunque su falta de aplicación deja en manos de la ciudadanía hacer lo que crean correcto según su voluntad.
Por ejemplo, el Reglamento de Accesibilidad establece dimensiones específicas que se deben tomar en cuenta para el libre desplazamiento de las personas que requieren silla de ruedas.
Bebederos a 70 centímetros del nivel del piso, taquillas en centros de espectáculos de no más de 80 centímetros, intérpretes que faciliten la comunicación de personas sordas, son algunos de los requerimientos que señala el catálogo que advierte incluye su alcance para hoteles y restaurantes.
TODOS LAS ROMPEN
Dice el dicho que “El que la ley establece, guardarla debe”, pero a escasos metros de la Presidencia Municipal, un bebedero da clara muestra de que el juez ni por su casa ha empezado.
El apartado reservado para anuncios considera que la publicidad no debe dar un falso concepto de la realidad, debe utilizarse solamente la lengua castellana -salvo marcas o en lugares turísticos- y no emplear signos parecidos a las señales de tránsito. Cabe recordar que en clara violación a este último un anuncio de telefonía local asemejaba los señalamientos que indican la velocidad.
El repartir propaganda en forma de volantes o folletos sólo se permite hacer en domicilios particulares y también señala que: “Queda prohibida su distribución en el centro metropolitano, así como pegar en cualquier forma y en cualquier tipo de superficie exterior esta propaganda o anuncio”. Calles como la peatonal Morelos son clara muestra de que este reglamento dista mucho de la realidad.
Una de las más novedosas estrategias publicitarias son las camionetas que traen en la parte posterior un enorme póster anunciando un evento o lugar y se quedan estacionadas en las principales calles o avenidas; de igual forma los particulares “aprovechan” los vidrios traseros de sus automóviles para promocionar su negocio, pero ¿sabe qué? Esto también está prohibido.
En los cementerios municipales también hay reglas, y una de ellas prohibe que las personas entren con alimentos y bebidas a las instalaciones; sin embargo, al otorgar el propio municipio permisos a vendedores ambulantes los días 1 y 2 de noviembre, hacen prácticamente imposible que este apartado se puede cumplir.
La hierba en terrenos baldíos más allá de los 30 centímetros, los mecánicos trabajando en la vía pública o sobre la banqueta de sus negocios, no barrer o limpiar después de lavar ventanas, balcones o fachadas de inmuebles, arrojar cadáveres de animales en la vía pública, instalar objetos que permitan el libre tránsito peatonal, son prohibiciones que contempla el Reglamento de Limpia y que tampoco no se cumplen.
Este escrito también considera que antes de las 9:30 horas o después de las 22:00 los propietarios de predios deben tener limpia su banqueta hasta media calle, así mismo no deben sacar a la banqueta los botes o depósitos de basura antes de que el camión recolector anuncie su paso.
Y aunque reglas como estas casi todas las ciudades las contemplan, muy pocos hacen que esta letra relamente “viva”, y cuando así sucede, causan polémica.
En 2004, en el Estado de Jalisco causó controversia el llamado que se hizo a los ciudadanos para obligarlos a barrer diariamente sus banquetas y separar la basura orgánica de la inorgánica.
Los espectáculos también son regulados por el municipio de Monterrey, y es que “obligan” a que retiren totalmente la publicidad de un espectáculo anterior antes de comenzar con la promoción de uno nuevo, también establece que tratándose de óperas, ballet, conciertos y audiciones puramente musicales deben cerrar sus puertas al iniciar la función debiendo el público retrasado esperar el intermedio para entrar a la sala.
En tanto, para los propietarios o encargados de juegos mecánicos el artículo 44 señala que: “tienen la obligación de exhibir al público el tiempo de duración de cada juego y éste no se suspenderá a menos que el usuario lo solicite por razones de fuerza mayor”.
Mientras que el reglamento de ecología señala que: “quienes realicen actividades de construcción, remodelación o demolición, que generen polvos, deben humedecer sus materiales y colocar mamparas o barreras de contención, a fin de mitigar la emisión de tales polvos a la atmósfera”.
Asimismo: “aquellos vehículos automotores de servicio público o privado, de gasolina o diesel, ostensiblemente contaminantes (que expidan humo) serán retirados de la circulación y a los responsables se les aplicarán las sanciones que correspondan”.
También prevé que “la emisión de ruidos generados por alarmas de sistema de seguridad por fallas en su programación, será sancionada”.
Aunque las reglas antes mencionadas rigen los rumbros de la ciudadanía regiomontana, el resto de los municipios también tienen sus propios reglamentos aprobados en su momento por cada cabildo.
Sin embargo, casi no hay diferencia en este rubro entre ciudad y cuidad.
Y ya pensó usted ¿cuántos de estos reglamentos pasa por alto cada día?







